Pedro Puy destaca que los socialistas gallegos “no sólo fueron cómplices”, sino que “aplaudieron” un acto que supuso “vulnerar el autogobierno” de nuestra Comunidad
El auto del TC ratifica que el Gobierno de Zapatero presentó un recurso estrictamente político contra la ley de cajas de Galicia, tal como había denunciado el PPdeG
- El viceportavoz del Grupo Popular destaca la llamada de atención del Constitucional sobre el hecho de que se había solicitado la suspensión de artículos completos cuando sólo estaban recurridos algunos incisos de los mismos.
Santiago, 6 de julio de 2010.- El Auto del Tribunal Constitucional por el que levanta la suspensión sobre 8 de los 11 puntos de la Ley de Cajas de Galicia recurridos por el Gobierno central, que fue hoy comunicado oficialmente, ratifica que el Gobierno de Zapatero presentó un recurso estrictamente político contra la dicta Ley, tal como había denunciado y había reiterado el PPdeG. Así lo expuso hoy en rueda de prensa el viceportavoz y portavoz de Economía y Hacienda del Grupo Popular, Pedro Puy, quien destacó que el Auto confirma que el Ejecutivo central hizo “un uso abusivo” de su prerrogativa de considerar una ley autonómica como un acto de Gobierno. Así, explicó que el Gobierno central utilizó el mecanismo previsto por el artículo 161.2 de la Constitución, que conlleva la suspensión inmediata, “cuando podía perfectamente haber recurrido a lo que marca el 161.1, previsto para las leyes”, por lo que se tiene que justificar esa suspensión. Pedro Puy consideró que el Gobierno de Zapatero “debería pensar si realmente mantiene este recurso o lo levanta a la luz de este Auto”.
Pedro Puy destacó también que los socialistas gallegos “no sólo fueron cómplices”, sino que “aplaudieron” un acto que supuso “vulnerar el autogobierno” de nuestra Comunidad, que deriva del vigente Estatuto de Autonomía. El PSdeG, añadió, “hizo de un recurso, “que se demuestra que era un recurso arbitrario”, una bandera “para oponerse a la Ley de Cajas”. De suerte que los socialistas gallegos le hicieron “un flaquísimo favor al autogobierno de Galicia”, lo que los deja “en un mal lugar”.
MAYORÍA NECESARIA PARA LA FUSIÓN
En cuanto al contenido del Auto, el diputado subrayó que el artículo relativo a la mayoría necesaria para la fusión, “que no fue reformado en la Ley gallega de Cajas y sobre lo que ya había una resolución expresa del propio Tribunal Constitucional”, este hace alusión a esa sentencia y dice “que esa mayoría es perfectamente válida”. También afirmó que, con respeto a la renovación, el Tribunal Constitucional dice que la Ley incluye una renovación parcial también acorde con la doctrina del propio Tribunal. Estos dos últimos puntos, los relativos a la fusión y a la renovación parcial, eran “los más controvertidos políticamente” y sobre los que no había acuerdo en la Comisión Bilateral Junta-Estado. Dos puntos que fueron Asimismo, se refirió a la composición de los consejos de administración y concretamente al hecho de que sólo el Parlamento de Galicia como institución había podido tener más de un representante en ellos, argumento “reiterado para oponerse a la Ley”. La ese respeto, Puy resaltó que el Auto señala que ese artículo “cumple la ley estatal” y garantiza mejor la proporcionalidad y que “haya distintos intereses reflejados en los consejos de administración”.
Puy hizo también hincapié en el hecho de que lo que se mantiene en suspenso sonido “un apartado de un artículo y dos frases adicionales”, sobre los qué “no hay un problema de interpretación, sino meramente de redacción” para cuya reforma ya se había llegado a un acuerdo en la Comisión Bilateral Junta-Estado.













